ADAVAS informa a la población en general y a las mujeres en particular, sobre los diferentes aspectos de los delitos contra la libertad sexual, que con tanta frecuencia se producen.
Los delitos ahora agrupados en este concepto son: agresión sexual, abuso sexual, acoso, exhibicionismo… (denominaremos en general a este conjunto agresiones sexuales). Afectan a un gran colectivo de personas formado mayoritariamente por mujeres y niñas. Con independencia de la clase social, raza o grupo de edad al que pertenecen, las mujeres y las niñas son las víctimas habituales de los agresores que, en su práctica totalidad, son hombres.
Las denuncias de estas agresiones son cada vez más frecuentes. Hasta hace pocos años la vergüenza, el miedo y la falta de información impedían a las mujeres ejercer este derecho. Las estadísticas son por ello escasas, pero reveladoras del cambio en la consideración social de estos delitos, consecuencia, a su vez, de la evolución de la situación de las mujeres.
La información que a continuación te ofrecemos persigue este objetivo: contribuir a la prevención y erradicación de las agresiones sexuales.
La igualdad REAL de derechos y oportunidades entre los sexos, el respeto a las libertades de unas y otros, el desarrollo de una sociedad solidaria y más justa es un logro lejano hacia el que caminamos a pesar de la violencia que se ejerce contra las mujeres.
La información es un punto de apoyo imprescindible para avanzar. Por eso os la ofrecemos.
Según la legislación vigente (Título VIII del Código Penal), son delitos contra la libertad e indemnidad sexual los siguientes:
Agresión sexual es cualquier atentado contra la libertad sexual de otra persona, siempre que concurra violencia o intimidación.
Como agresión sexual se penalizan todo tipo de conductas sexuales: las que conllevan introducción del pene por vía anal, bucal o vaginal o de objetos o miembros corporales, y las que consisten en tocamientos de naturaleza sexual, exigiéndose la ausencia de consentimiento de la víctima y, además, la existencia de violencia o intimidación por parte del agresor.
La violencia consiste en la utilización de fuerza física (golpes, empujones,…) y la intimidación es un fenómeno psicológico consistente en infundir a la víctima temor racional y fundado de sufrir un mal inminente y grave.
Abuso sexual es un atentado contra la libertad sexual de otra persona, no consentido o con abuso de superioridad manifiesta, que coarte la libertad de la víctima. NO MEDIA NI VIOLENCIA NI INTIMIDACIÓN.
Si la conducta delictiva consiste en acceso carnal (coito) por vía vaginal, anal o bucal o se introducen objetos o miembros corporales por vía vaginal o anal, la pena es mayor que si se realizan tocamientos de naturaleza sexual sobre el cuerpo de la víctima.
Se regulan igualmente los abusos sexuales sobre mayores de 16 años y menores de 18 años, si hay engaño por parte del agresor, o se abusa de una situación de confianza, autoridad o influencia.
El que realice actos de carácter sexual con un/a menor de dieciséis años, será castigado como responsable de abuso sexual a un/a menor y cuando los hechos se cometan empleando violencia o intimidación, el responsable será castigado por el delito de agresión sexual a un/a menor.
Las mismas penas se impondrán cuando mediante violencia o intimidación se obligue a un/a menor de dieciséis años a participar en actos de naturaleza sexual con un tercero o a realizarlos sobre sí mismo.
Las penas se agravarán, cuando el ataque consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías.
Incurrirá igualmente en delito, el que a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un/a menor de dieciséis años y le proponga concertar un encuentro con el mismo a fin de cometer los delitos anteriormente descritos, siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento, o realice actos dirigidos a embaucarle para que le facilite material pornográfico o le muestre imágenes pornográficas en las que se represente o aparezca un/a menor.
Comete este delito el que solicite favores de naturaleza sexual para sí o para un tercero, en el ámbito de una relación laboral, docente o de prestación de servicios, siempre que con tal comportamiento provoque en la víctima una situación objetiva y gravemente intimidatoria, hostil o humillante.
La pena será superior si, para cometer el delito, el culpable se aprovecha de una situación de superioridad laboral, docente o jerárquica o lo hace con el anuncio expreso o tácito de causar a la víctima un mal relacionado con las legítimas expectativas que ésta puede tener en el ámbito de esta relación.
Igualmente la pena se incrementa si la víctima es una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o situación.
Se castiga la conducta de exhibición obscena ante menores de edad e incapaces, así como la difusión, venta o exhibición de material pornográfico entre dichos menores o incapaces. Igualmente, en virtud de la Ley 15/2004 se persigue también la pura y simple posesión de material pornográfico de menores.
Se castigan las conductas de quienes induzcan, promuevan, favorezcan o faciliten la prostitución de menores de edad o incapaces y de quienes los utilicen con fines o en espectáculos exhibicionistas o pornográficos o produzcan, vendan, distribuyan o exhiban material pornográfico en cuya elaboración hayan sido utilizados/as menores de edad o incapaces.
También se castiga a quien determine a persona mayor de edad a ejercer o mantenerse en la prostitución, mediante el uso de violencia, intimidación o engaño o abusando de una situación de superioridad, necesidad o vulnerabilidad de la víctima.
También se castiga a quien se lucre explotando la prostitución de otra persona, aun con el consentimiento de la misma.
Si has sido objeto de alguno de estos ilícitos penales descritos debes denunciarlo.
Los delitos contra la libertad e indemnidad sexual (agresión sexual, abuso sexual, acoso sexual), son delitos semipúblicos o, lo que es lo mismo, semiprivados, lo cual significa que para perseguirlos judicialmente, es imprescindible interponer denuncia en las Comisarías de la Policía, Cuarteles de la Guardia Civil o Juzgados de Guardia.
Cuando la víctima sea menor de edad, incapaz o una persona desvalida, bastará la denuncia del Ministerio Fiscal.
La denuncia es un derecho y un deber que tienes que ejercer.
Denunciando a tu agresor te proteges y evitas que cometa otros delitos contra ti misma u otras personas, ya que el agresor es castigado, o al menos, sabe que su conducta es delictiva.
Denunciar una agresión sexual es un paso importante para superar la mala experiencia vivida.
Si a pesar de todo no quieres denunciar o hace tiempo que sufriste una agresión sexual y no lo has superado, ponte en contacto con ADAVAS – Asociación de Ayuda a Víctimas de Agresiones Sexuales y Violencia Doméstica. Tfno. 24 horas: 987 230 062. Te ayudaremos.
La denuncia debe hacerse por la persona agredida si ésta es mayor de edad.
Si se trata de menores o incapaces, la denuncia se efectuará por:
Aunque la denuncia conviene formularla cuanto antes, en todo caso, y a fin de evitar la extinción de la responsabilidad criminal de los autores de estos delitos, hay que efectuarla dentro de unos plazos máximos que, dependiendo de la gravedad de la pena, en algunos de los delitos reseñados no puede ser superior a tres años, contados desde el día en que se cometieron los hechos.
Pero si la víctima es menor de edad, el cómputo del plazo no se iniciará el día en que se cometieron los hechos, sino que comenzará el día en el que el/la menor alcance la mayoría de edad (18 años).
Los delitos contra la libertad sexual se producen en la clandestinidad, buscada a propósito por el agresor. A pesar de ello, no dejes de denunciar, aun cuando creas que no tienes pruebas, pues conviene recordar que el testimonio de la víctima, conjuntamente con la valoración de las circunstancias en que se producen los hechos, puede ser prueba suficiente para anular la presunción de inocencia del agresor.
Una agresión sexual puede suponer una situación límite para la persona agredida, a quien no se le puede pedir que sepa cómo actuar, y además, que lo haga eficazmente.
Hay ocasiones en que la sorpresa, conjugada con el miedo, puede producir un efecto de bloqueo que impida cualquier acción por parte de la víctima. Es preciso saber que esto puede ocurrir, para evitar que en el futuro la víctima se reproche no haber sabido actuar contra el agresor.
A modo de orientación, en el caso de que sufras una agresión sexual, te recomendamos:
Aunque tu primera intención sea lavarte o ponerte ropa limpia, para borrar de alguna manera la experiencia que acabas de sufrir, no te laves ni te cambies de ropa, pues puede tener restos de semen, sangre o pelos… o, la ropa sucia o rasgada; todo esto servirá posteriormente como prueba en el juicio. Si el agresor es un desconocido, estos indicios pueden ayudar a su identificación.
Puedes sentirte aturdida o confusa después de haber sufrido la agresión sexual, por eso quizás te tranquilice la compañía de una persona en quien confíes.
El personal sanitario te realizará un reconocimiento general, una exploración ginecológica, valorará tu estado emocional y tomará muestras de sangre, saliva, exudado vaginal, semen (si ha habido eyaculación)…, para su posterior análisis.
Cubrirán un parte de lesiones en el que debe constar: situación psicológica en que te encuentras, tipo de agresión, traumatismos, heridas, contusiones observadas. Deberán entregarte una copia del parte para que lo presentes al hacer la denuncia.
Como medida preventiva, si hay riesgo de embarazo, el/la ginecólogo/a te informará del tratamiento oportuno para evitar una posible gestación.
Deberán informarte de las posibles y posteriores revisiones y del lugar en que se llevarán a cabo, ya sea el hospital o centro de salud que te corresponda.
Si con posterioridad a la agresión, aparecieran nuevas secuelas, deberás acudir nuevamente al hospital o centro de salud, para tratamiento y constancia de las mismas.
Las secuelas psicológicas producidas por las agresiones sexuales no son las mismas en todas las víctimas, ya que dependerán de una serie de variables, como por ejemplo:
Las alteraciones psicológicas que aparecen tras una agresión sexual no siempre se convierten en secuelas perdurables, aunque un 75% de las víctimas las presentan.
Los síntomas más frecuentes en los dos o tres primeros meses posteriores al delito son:
A medio y largo plazo algunos de estos síntomas como la ansiedad, las fobias, los pensamientos obsesivos o las disfunciones sexuales, pueden permanecer y pueden aparecer nuevos síntomas como la depresión.
En general la calidad de vida de la víctima se ve afectada, ya que alguno de los trastornos psicológicos no desaparece de manera espontánea, pudiendo perdurar mucho tiempo después. Por todo ello, es aconsejable acudir a un/a profesional en cuanto aparezcan los primeros síntomas, pues este tipo de experiencias se pueden superar, y las víctimas pueden recuperar un adecuado nivel de funcionamiento psíquico, social, laboral y sexual.
Se debe rechazar la idea errónea de que una persona, víctima de un delito contra la libertad sexual, permanecerá traumatizada para el resto de su vida. La realidad no es esa; este tipo de experiencias se pueden superar, y las víctimas recuperan un adecuado nivel de funcionamiento psíquico, social, laboral y sexual.
La respuesta del entorno de la víctima (amigas/os, compañeras/os, familiares, pareja, conocidas/os…), tiene especial importancia, ya que una actitud adecuada hacia ella facilitará enormemente su recuperación.
Tanto si te busca y te pide ayuda, como si sencillamente tienes algún tipo de relación con ella, recuerda:
La dominación sexual requiere la aceptación de mitos, según los cuales, la sexualidad femenina solo existe, o debería existir, como complemento de la sexualidad masculina.
Cuando los mitos pierden fuerza, el desamor, la violencia y la presión social (leyes, tradiciones, hábitos…), son utilizados para reducir a las mujeres a meras comparsas de los intereses masculinos. Así se ha llegado a considerar “normal” que la sexualidad de las mujeres y su cuerpo como fuente de placer estén más al servicio de otros que de ellas mismas.
El modelo sexual sigue siendo el masculino. Hecho a la medida de lo que los hombres suelen pensar de sí mismos, del placer y de las mujeres como instrumentos de placer. Éstas han de ser colaboradoras eficaces por gusto, por dinero o por fuerza. En este modelo de relación sexual, la imposición y la violencia se usan con frecuencia. Por eso muchos agresores piensan que no lo son, ya que consideran lícito y normal forzar la voluntad de las mujeres para que se plieguen a sus deseos.
Caso extremo de violencia sexual, por sus dimensiones y la repercusión en la salud de la mujer, es la mutilación que sufren seis mil niñas cada día en el mundo. Sus órganos sexuales externos son reducidos o eliminados; convertidos en cicatrices dolorosas en torno a un orificio. Una forma tajante de lograr que las mujeres se ajusten al modelo sexual masculino, convirtiéndose en objetos sexuales penetrables, sufrientes y reproductores.
La mujer que, “si no es de un hombre es de todos”, puede ser protegida por sus hombres queridos o próximos, también puede ser agredida por ellos. Con protección o sin ella, puede ser presa de otros hombres, cazadores furtivos. La violación en masa se convierte en un arma de guerra o represión, proporcionando a los agresores una doble satisfacción: el placer sexual satisfecho sin cortapisas, con el componente adicional del máximo de violencia contra las mujeres, y el placer de herir al vencido, robando o destruyendo una de sus posesiones, la que más le duele.
Ni en la guerra ni en la paz se quiere que las mujeres sean dueñas de sí mismas.
La mujer que pretende pertenecerse a sí misma, ni a uno ni a todos, y relacionarse libremente con las personas, no es muy querida.
Con frecuencia las mujeres reciben “amor-sexo-afecto”, y a cambio dan todo esto, además de servicios domésticos y fidelidad perruna. Cuando no aceptan las mujeres intercambio tan desigual, hay hombres que sienten odio, rabia, deseos de humillar a quien, en el ejercicio de su libertad, cohíbe la satisfacción de sus deseos. Entonces, si gozan de oportunidad, agreden sin remordimientos; es más, insuflados de espíritu justiciero, se vengan de la falta de reconocimiento de sus privilegios masculinos y con el ánimo de poner a las mujeres “en su sitio”.
El sitio de las mujeres es el servicio a los hombres, y deberían estar satisfechas de ello, correspondiéndoles nutrir las capas de población más empobrecidas, siendo el sector con menos oportunidades laborales y el menos representado en las cúpulas de poder y organización social. Es también el sector sobre el que recaen mayoritariamente las tareas de asistencia social (familiar) no retribuida. Esta realidad, fácil de documentar, se cubre de humo con los mensajes triunfalistas que desprestigian la lucha de las mujeres, pretendiendo que todo se ha conseguido en materia de igualdad de derechos y oportunidades, en la ley y en la práctica.
Causas de las agresiones sexuales son, en suma, todas las actitudes que alimentan la desigualdad de derechos y libertades entre mujeres y hombres. Este sistema de desigualdad, el patriarcado, se sirve de las agresiones sexuales para RECORDAR a las mujeres cuán vulnerables y subordinadas pueden llegar a ser, a pesar de sus logros profesionales, culturales, económicos o de reconocimiento social.
Las agresiones sexuales son un castigo. Para unas cuantas mujeres, directamente por medio de la agresión; para las demás, a través del miedo a las agresiones que coarta sus movimientos y su libertad. Un castigo ejemplar para que ninguna olvide la conveniencia de observar los límites que pretenden imponer a su libertad.
Por último las agresiones sexuales son una cuestión de PODER. Arremete quien puede y está impulsado hacia ello. En un sistema patriarcal, ejercer cierta dosis de poder sobre otras personas es una necesidad para cualquier “varón”. Afortunadamente, cada vez más hombres escapan a este arquetipo del macho dominante, para ser hombres. Igualmente, las mujeres llevan siglos intentando poder SER en lugar de pasar su vida dando consistencia al modelo de hembra – femenina.
Pero hay hombres poco dispuestos a evolucionar, que sólo ven satisfecha su vanidad y orgullo de machos prepotentes avasallando a mujeres (o a niñas/os u hombres, en situación de desprotección).
Y otros hombres se encuentran tan poco satisfechos con su propia mediocridad que basan su valía en el poder que les otorga el simple hecho de haber nacido machos en una sociedad patriarcal. Por eso necesitan herir, desposeer a las mujeres por envidia, o para demostrarse a sí mismos que, pese a su escasa calidad o su mala suerte, aún son capaces de ejercer el poder sobre alguien.
Si estas son, entre otras, causas probables de las agresiones sexuales, deducimos que una forma de prevenirlas es luchar contra el machismo, manifestación de la desigualdad entre los sexos, para conseguir una sociedad más sana y placentera, basada en una relación entre las personas, menos deteriorada, más rica, más libre.
La educación no sexista (en los hogares y en los centros de enseñanza) sería para ello un instrumento fundamental.