Cuestiones pendientes sobre la interrupción voluntaria del embarazo

Cuestiones pendientes sobre la interrupción voluntaria del embarazo

Un punto polémico de la ley es el periodo de reflexión, que se refiere a que tenían que pasar tres días entre la información sobre los derechos y ayudas públicas de apoyo a la maternidad y la realización de la interrupción, lo que se llama “el conocido sobre”

La prevención del embarazo no deseado constituyó una de las primeras batallas del feminismo de la salud de los años 60 y 70 del siglo XX.

aborto

Recuperar la decisión sobre el propio cuerpo y levantar la condena de estar permanentemente embarazada supuso poner una barrera a los años de sumisión y dependencia que parecía que la biología habría destinado a las mujeres.

Es España el camino del aborto como derecho ha durado cuatro décadas, desde el reconocimiento parcial en 1985 hasta su asentamiento en 2010.

La ley de 1985 despenalizaba el aborto en los supuestos de: violación, riesgo para la salud física o psíquica de la mujer y malformación del feto.

Las clínicas privadas hicieron una interpretación amplia del concepto de salud, acogiéndose al concepto que la OMS (Organización Mundial de la Salud) que pone al mismo nivel el estado físico como el psíquico.

Según las estadísticas de esos años, el 97,2% de las mujeres alegaba el motivo de riesgo para su salud. Menos del 3% alegaban violación o riesgo fetal.

En 2010 se promulga por parte del gobierno del PSOE, la Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Se añadía un motivo más, “a petición de la mujer”.

La ley permitía el aborto en las primeras catorce semanas, incluidas las menores de 16 y 17 años, sin necesidad de consentimiento por parte de los progenitores, aunque si se les debía de informar, excepto en caso de desarraigo.

También quedó recogido el derecho a abortar dentro de las primeras 22 semanas si existe grave riesgo para la vida o la salud de las embarazada o graves anomalías en el feto.

El texto legislativo deja claro que será una prestación incluida en el sistema sanitario público con el objetivo de obviar los problemas de desigualdades territoriales.

Un punto polémico de la ley es el periodo de reflexión, que se refiere a que tenían que pasar tres días entre la información sobre los derechos y ayudas públicas de apoyo a la maternidad y la realización de la interrupción, lo que se llama “el conocido sobre”.

Realmente cuando la mujer ha decidido interrumpir su embarazo, ya se lo ha pensado previamente, por lo que se considera este periodo de reflexión, un gran cuestionamiento de la capacidad ética de las mujeres para decidir.

En 2011, el PP, partido que gobernaba en ese momento, propuso una reforma de la ley que suponía volver a una legislación más restrictiva que la de 1985.

El ministro de justicia Ruiz Gallardón fue el encargado de diseñar la ambiciosa contrarreforma.

Gracias al movimiento de mujeres que tuvo una respuesta contundente, con diferentes actos y especialmente con el “tren de la libertad”, manifestación multitudinaria apoyada por cientos de asociaciones feministas, lo único que modificaron fue que se restringió el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo para menores de 16 y 17 años, supeditándolo al consentimiento de sus progenitores.

Sobre la interrupción voluntaria del embarazo, nos quedan aún dos cuestiones pendientes:

  • Que desaparezca la obligación del consentimiento de los progenitores en caso de las menores de 16 y 17 años.
  • Que desaparezca el período de reflexión.

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